Un nuevo reglamento general, no un simple cambio de número

El Decreto 2393 fue expedido en 1986. El Decreto 255, publicado en 2024, estableció un nuevo Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo y dispuso la derogación de normas anteriores o contrarias, con excepciones transitorias mientras se emitían instrumentos técnicos y la nueva clasificación de riesgo.

Por eso conviene revisar documentos que todavía citan el marco anterior. La actualización no consiste en reemplazar una referencia: debe comprobar que responsabilidades, organismos, riesgos, registros y evidencias estén alineados con la estructura vigente.

Cambio 1: la organización depende del tamaño y el riesgo

El marco vigente relaciona el número de trabajadores y el nivel de riesgo con la designación de monitores, técnicos y otros responsables. El Acuerdo MDT-2024-196 completa esa estructura con requisitos y horas mínimas de gestión.

La consecuencia práctica es que dos empresas con igual número de personas pueden necesitar una organización diferente si su nivel de riesgo o sus centros de trabajo no son iguales.

Cambio 2: participación con nuevas reglas

El Decreto 255 reorganiza los organismos paritarios. Para centros con 10 a 49 trabajadores prevé delegado principal y suplente; desde 50 trabajadores corresponde comité, mientras que en centros de 1 a 9 la participación se ejerce en coordinación con el responsable preventivo.

La empresa debe mirar el número de trabajadores por lugar o centro de trabajo y conservar elección, capacitación, actas, informes y seguimiento.

Cambio 3: de reglas prescriptivas a gestión demostrable

El nuevo marco enfatiza la identificación, evaluación y control de riesgos, la jerarquía de medidas preventivas, la coordinación entre empleadores y la trazabilidad. La normativa técnica posterior desarrolla los riesgos físicos, químicos, biológicos, de seguridad, ergonómicos y psicosociales.

Esto exige conectar procesos, puestos, matrices, controles, formación, vigilancia de la salud e indicadores. Una colección de formatos inconexos es difícil de defender ante una verificación.

Cambio 4: control digital y evidencia en el centro

El SUT concentra registros, pero el Acuerdo MDT-2024-196 permite verificar físicamente o en digital los respaldos de la gestión. La autoridad puede contrastar el Plan o Reglamento con la realidad e iniciar acciones cuando la información no corresponde al centro inspeccionado.

El criterio actual es sencillo: lo reportado debe existir, aplicarse y poder demostrarse.

Qué revisar en documentos antiguos

Actualice la base legal y, sobre todo, la lógica de la gestión. Compruebe responsables, nivel de riesgo CIIU, organismos paritarios, clasificación de riesgos, coordinación con contratistas, programas, vigilancia de la salud, registros SUT y medios de verificación.

Si un contenido técnico del antiguo régimen fue usado durante la transición, revise la normativa posterior antes de mantenerlo. El portal del Ministerio reúne los instrumentos vigentes para esta validación.